REGLAMENTO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES

Psic. Rodrigo Salgado — psirodrigosalgado.com
Última actualización: septiembre de 2026

El presente Reglamento de Prestación de Servicios tiene como finalidad informar de manera clara los lineamientos administrativos, técnicos y de convivencia aplicables a los servicios profesionales ofrecidos a través de psirodrigosalgado.com.

Los servicios corresponden a una práctica profesional privada, encabezada por el Psic. Rodrigo Salgado, con apoyo de personal administrativo para actividades de agenda, pagos, facturación, soporte y coordinación. Cuando algún servicio sea prestado por otro profesional colaborador, su identidad y participación serán informadas al consultante.

El personal administrativo no realiza funciones de psicoterapia, evaluación, diagnóstico ni intervención clínica, salvo que la persona correspondiente cuente con las credenciales profesionales necesarias y participe expresamente en el caso en calidad de profesional de la salud.

El presente reglamento aplica a los servicios de psicoterapia, evaluación psicológica, orientación, consultoría profesional y demás servicios que sean ofrecidos mediante el sitio web, principalmente en modalidad en línea, así como a otras modalidades que hayan sido previamente acordadas.

Al solicitar un servicio mediante cualquiera de los medios habilitados para ello, el consultante deberá conocer y aceptar, según corresponda, el presente reglamento, el consentimiento informado y el aviso de privacidad. La aceptación de las casillas correspondientes durante el proceso de reserva constituye constancia electrónica de dicha aceptación.

Para efectos de este documento:

  • Se denominará “consultante” a la persona que solicita o recibe el servicio.
  • Se denominará “profesional” al Psic. Rodrigo Salgado o, cuando corresponda, al profesional colaborador responsable de prestar el servicio.
  • Se denominará “equipo administrativo” al personal que participa exclusivamente en actividades de coordinación, agenda, pagos, facturación, soporte y otras funciones no clínicas.

I. CONDICIONES DE ACCESO A LAS SESIONES

Es responsabilidad del consultante disponer de las condiciones mínimas de acceso, conectividad y privacidad necesarias para realizar adecuadamente el servicio.

Para facilitar el acceso a las sesiones, el consultante deberá considerar lo siguiente:

  1. Deberá proporcionar y mantener habilitado un correo electrónico capaz de recibir las confirmaciones y notificaciones relacionadas con sus citas. Se recomienda revisar también la carpeta de spam o correo no deseado.
  2. Una vez completado correctamente el proceso de reserva y, cuando corresponda, la validación del pago, el consultante recibirá la confirmación de su cita y la información necesaria para acceder a la sesión.
  3. El sistema podrá enviar recordatorios automáticos mediante correo electrónico, WhatsApp u otros medios habilitados.
  4. Es responsabilidad plena del paciente, entender y hacer uso del Panel de cliente – psirodrigosalgado.com para consultar y gestionar información relacionada con sus citas, debido a que a diferencia del profesional o el personal administrativo, este es un recurso inmediato y disponible 24/7.
  5. En días y horarios de atención administrativa, el consultante podrá solicitar apoyo mediante los medios de contacto publicados en psirodrigosalgado.com.
  6. Por razones de privacidad y seguridad, la información de acceso a una sesión únicamente se proporcionará mediante los datos de contacto registrados por el consultante o después de verificar razonablemente su identidad.
  7. Cuando exista un canal directo previamente autorizado con el profesional, el consultante podrá solicitar asistencia para ingresar a la sesión durante el periodo de tolerancia establecido en este reglamento.

La imposibilidad de localizar un enlace o correo de confirmación no genera automáticamente el derecho a la reposición de una sesión. Ante cualquier dificultad, el consultante deberá intentar comunicarse oportunamente mediante alguno de los canales disponibles dentro del periodo de tolerancia.

Cuando existan indicios de una falla atribuible al sistema de agenda, a la plataforma de videollamada, al profesional o a los servicios administrados por psirodrigosalgado.com, el caso será revisado y, cuando corresponda, se ofrecerá una solución sin costo para el consultante que deberá ser confirmada.


II. CONECTIVIDAD, PRIVACIDAD Y CONDICIONES PARA LA SESIÓN

Es responsabilidad del consultante procurar:

  1. Disponer de una conexión a internet suficientemente estable.
  2. Utilizar un dispositivo funcional con cámara, micrófono y audio adecuados para mantener una comunicación clara.
  3. Encontrarse en un espacio razonablemente privado y seguro en el que pueda expresarse con libertad y seguridad ante la información que comparte en la sesión.
  4. Evitar realizar la sesión mientras conduce un automóvil, motocicleta u otro vehículo.
  5. En caso de encontrarse dentro de un automóvil estacionado, procurar condiciones adecuadas de privacidad, iluminación, ventilación y seguridad, manteniendo el dispositivo apoyado de forma estable, pero no se recomienda esta práctica salvo el consultante no disponga de otros espacios privados.
  6. Mantener privado el enlace de acceso a la sesión y evitar compartirlo con personas no autorizadas.

No está permitida la presencia de terceras personas durante una sesión, salvo sea para fines de trabajo en la sesión. Dependiendo de las características del servicio, el profesional podrá solicitar que dichas personas se retiren o podrá acordarse expresamente su participación.

Cuando las condiciones de conectividad, privacidad, seguridad o comunicación impidan realizar adecuadamente el trabajo profesional, podrá proponerse la reprogramación de la sesión.


III. NATURALEZA DEL SERVICIO Y SITUACIONES DE EMERGENCIA

Los servicios ofrecidos mediante psirodrigosalgado.com se prestan mediante citas previamente programadas y no constituyen un servicio permanente de emergencia, intervención inmediata en crisis ni vigilancia continua.

Los mensajes enviados mediante WhatsApp, correo electrónico, formularios, chat u otros medios de contacto no garantizan una respuesta inmediata y no deben utilizarse como único recurso ante una emergencia.

Si una persona se encuentra en riesgo inmediato, presenta una emergencia médica o psiquiátrica, considera que puede hacerse daño o hacer daño a otra persona, deberá buscar atención de emergencia en su localidad, comunicarse con los servicios correspondientes o acudir al establecimiento de salud más cercano.

En México puede comunicarse al 911 en caso de emergencia. También se encuentra disponible la Línea de la Vida, 800 911 2000, para orientación y apoyo relacionado con salud mental.

Si el consultante se encuentra fuera de México, deberá utilizar los servicios de emergencia o atención en crisis disponibles en el lugar en el que se encuentre físicamente.


IV. SOLICITUD DE CITAS, CONFIRMACIÓN Y PAGOS

  1. La disponibilidad de horarios depende de la agenda del profesional. No se garantiza que sea posible reservar un servicio con menos de 8 horas de anticipación al horario solicitado.
  2. Cuando el servicio requiera pago anticipado, la cita deberá encontrarse correctamente reservada y el pago deberá haber sido procesado o identificado conforme al método de pago utilizado.
  3. En pagos realizados mediante transferencia u otro método que requiera verificación manual, se recomienda efectuar el pago con al menos una hora de anticipación y conservar el comprobante correspondiente.
  4. Cuando el pago se procese mediante una pasarela electrónica integrada al sistema de reservas, su validación dependerá del resultado informado por dicha plataforma.
  5. Si el consultante ha realizado correctamente su reserva y su pago pero no recibe la confirmación correspondiente, deberá comunicarse con el equipo administrativo mediante los canales indicados en el sitio web.
  6. Cuando exista una discrepancia entre los registros del sistema de agenda, la plataforma de pagos, los correos enviados y la información proporcionada por el consultante, el caso podrá ser revisado utilizando la información técnica y administrativa disponible.

Los precios, métodos de pago y condiciones particulares de cada servicio serán los indicados al momento de realizar la reserva.


V. COMUNICACIÓN POR WHATSAPP, CORREO ELECTRÓNICO Y OTROS MEDIOS

Los canales de WhatsApp, correo electrónico, formularios, chat del sitio web y otros medios habilitados podrán utilizarse para:

  • coordinación administrativa;
  • programación y modificación de citas;
  • envío de recordatorios;
  • comprobación de pagos;
  • facturación;
  • soporte técnico;
  • envío de documentación;
  • seguimiento puntual previamente acordado con el profesional.

Estos medios no sustituyen las sesiones de psicoterapia ni implican disponibilidad permanente del profesional.

El contacto clínico fuera de sesión dependerá de los acuerdos específicos establecidos entre el consultante y el profesional.


VI. REPROGRAMACIONES

  1. Una cita podrá reprogramarse con al menos una hora de anticipación sin que se considere inasistencia.
  2. La reprogramación podrá realizarse mediante las funciones habilitadas en el sistema de reservas o mediante los canales administrativos autorizados.
  3. Cuando el consultante envíe una solicitud de cancelación o reprogramación dentro del plazo establecido, se tomará en consideración la hora de envío del mensaje, aun cuando el equipo administrativo no pueda responder inmediatamente.
  4. Si el servicio ya se encontraba pagado y la cancelación se realiza dentro del plazo permitido, podrá aplicarse el importe a la reprogramación correspondiente o gestionarse conforme a las condiciones aplicables al método de pago utilizado.
  5. Cuando la cancelación o reprogramación se solicite con menos de una hora de anticipación, podrá considerarse cancelación tardía y cobrarse la sesión reservada a discreción del profesional.
  6. Las circunstancias extraordinarias podrán revisarse individualmente. La existencia de una excepción en un caso particular no modifica permanentemente las condiciones establecidas en este reglamento.
  7. Cuando exista una frecuencia elevada de cancelaciones o reprogramaciones, aun cuando se hayan realizado dentro del plazo permitido, el profesional podrá revisar junto con el consultante si el horario, frecuencia o modalidad elegidos continúan siendo adecuados para sostener el proceso bajo su agenda.

Los espacios de agenda son limitados. La reprogramación oportuna permite que ese horario pueda ser utilizado por otras personas y le permite al profesional optimizar su tiempo de trabajo, los casos contrarios limitan la capacidad del terapeuta para aprovechar oportunamente su tiempo en el ejercicio de su profesión.


VII. PUNTUALIDAD Y TIEMPO DE TOLERANCIA

  1. Se recomienda ingresar a la videollamada entre dos y cinco minutos antes del horario programado.
  2. La duración habitual de las sesiones de psicoterapia, evaluación, consultoría y otros servicios reservados de forma individual es de aproximadamente 45 a 50 minutos, salvo que las características del servicio indiquen otra duración.
  3. Existe un periodo de tolerancia de 15 minutos a partir del horario de inicio.
  4. Si el consultante ingresa dentro de los primeros 15 minutos, podrá realizar la sesión utilizando el tiempo restante. La posibilidad de extender el horario dependerá exclusivamente de la disponibilidad y criterio del profesional.
  5. Si transcurren más de 15 minutos sin que el consultante se conecte ni se comunique, la sesión podrá considerarse inasistencia.
  6. Cuando el consultante se comunique oportunamente e informe una situación extraordinaria o una dificultad técnica, el caso podrá revisarse para determinar si resulta posible utilizar el tiempo restante o reprogramar.
  7. Si la demora, cancelación o imposibilidad de prestar el servicio es atribuible al profesional o a una falla de los sistemas administrados directamente por el prestador del servicio, se ofrecerá la reposición correspondiente sin costo adicional.

VIII. INASISTENCIAS

El consultante es la persona responsable de verificar que cuenta con un link de acceso a su sesión ya sea mediante un correo de confirmación, correo de recordatorio, solicitud de enlace mediante el chat, contacto directo con el terapeuta y/o acceso a su panel de cliente, desde el que podrá tener acceso y no se justificarán las inasistencias presuntamente causadas por no contar con su link de acceso.

Se considera inasistencia cuando el consultante no se presenta a la sesión dentro del periodo de tolerancia y tampoco realiza una cancelación o reprogramación dentro del plazo establecido.

Una sesión considerada inasistencia podrá cobrarse en su totalidad y, cuando ya haya sido pagada, el importe no estará obligado a conservarse como saldo para una sesión futura.

Si el consultante acumula tres inasistencias consecutivas o dos inasistencias dentro del mismo mes, podrá perder cualquier horario recurrente que se encontrara reservado para él.

Esto no impide necesariamente solicitar nuevamente los servicios, pero cualquier nueva cita estará sujeta a disponibilidad.

Cuando las inasistencias sean reiteradas y afecten de manera importante la continuidad o viabilidad del proceso terapéutico, el profesional podrá revisar con el consultante las condiciones para continuar la atención y, cuando resulte pertinente, orientar hacia otras alternativas de atención.


IX. PAGOS PENDIENTES

En situaciones excepcionales y previamente autorizadas podrá prestarse un servicio sin que el pago haya sido realizado con anticipación.

Cuando esto ocurra, el consultante deberá cubrir los honorarios acordados a más tardar al finalizar el día de la consulta, salvo que exista otro acuerdo expresamente establecido.

Si el pago permanece pendiente, el equipo administrativo podrá enviar recordatorios mediante los datos de contacto registrados.

Mientras exista un adeudo relacionado con servicios previamente prestados, podrá suspenderse la posibilidad de reservar nuevas citas y la elaboración o entrega de documentos profesionales que dependan del servicio pendiente de pago, hasta que la situación sea aclarada o regularizada.


X. CONVIVENCIA, RESPETO Y LÍMITES PROFESIONALES

La prestación de los servicios requiere un entorno respetuoso tanto para el consultante como para el profesional y el equipo administrativo.

Serán consideradas «faltas de convivencia» administrativamente hablando, conductas que impliquen amenazas, violencia, hostigamiento, acoso, intimidación, indirectas evidentes, insultos graves, trato denigrante, discriminación, divulgación maliciosa de información privada, utilización indebida de datos personales o cualquier otra conducta que comprometa de manera relevante la seguridad o dignidad tanto del profesional como de su equipo administrativo.

También serán consideradas «faltas de convivencia» situaciones en las que dentro de nuestros registros digitales exista evidencia de que el consultante ha mentido deliberadamente respecto a cualquier aspecto técnico o administrativo (hora de conexión, pagos, correos que «no llegan» pero fueron abiertos).

Las diferencias de opinión, inconformidades, solicitudes de aclaración o presentación de quejas, por sí mismas, no constituyen una falta de convivencia y podrán ser planteadas de manera respetuosa mediante los canales correspondientes.

Imprevistos del profesional

El profesional también puede encontrarse excepcionalmente ante situaciones que hagan imposible prestar una sesión programada, como enfermedad, accidentes, emergencias personales o familiares, fallas técnicas o de conectividad, interrupciones eléctricas u otras circunstancias fuera de su control.

Cuando esto suceda, se procurará informar al consultante tan pronto como resulte razonablemente posible y ofrecer la reprogramación del servicio sin costo adicional.

Una situación extraordinaria de esta naturaleza no reducirá el derecho del consultante a expresar respetuosamente cualquier inconveniente que la cancelación pueda ocasionarle. Aunque el profesional se comprometen plenamente a hacer su mejor esfuerzo por evitar que
sucedan estas circunstancias y resolver cualquier posible situación para que estas situaciones sean mínimas y justificadas, existe la necesidad de salvaguardar la integridad del personal en el cumplimiento de su rol profesional. Solicitamos su comprensión en tales circunstancias, pero no recomendamos hacer uso de nuestros servicios en caso de que, por el motivo de haber efectuado su pago, o cualquier otra justificación emergente, usted no considere la posibilidad de ser flexible antes tales acontecimientos, a fin de evitarle molestias.

Suspensión o terminación de la prestación del servicio

Ante conductas graves o reiteradas que comprometan la seguridad, los límites profesionales o la posibilidad razonable de prestar el servicio, podrá determinarse la suspensión o terminación de la relación profesional.

Cuando las circunstancias clínicas y de seguridad lo permitan, se procurará comunicar la decisión de manera clara y orientar al consultante hacia otras alternativas de atención cuando ello resulte pertinente.


XI. PRIVACIDAD, CONFIDENCIALIDAD Y DATOS PERSONALES

La información personal proporcionada por el consultante será tratada conforme al Aviso de Privacidad disponible en psirodrigosalgado.com y a las disposiciones aplicables en materia de protección de datos personales.

El equipo administrativo únicamente deberá acceder a la información necesaria para realizar las funciones que le correspondan, tales como agenda, pagos, facturación, comunicación y soporte.

La información clínica y el expediente se manejará de manera diferenciada de las funciones administrativas y estará sujeta a los deberes de confidencialidad propios del servicio profesional y a las excepciones establecidas en el consentimiento informado y en las disposiciones aplicables.

El consultante deberá evitar enviar información clínica especialmente sensible a canales administrativos cuando no sea necesario y podrá consultar con el profesional cuál es el medio adecuado para transmitirla.


XII. GRABACIONES, CAPTURAS Y DIFUSIÓN DEL CONTENIDO DE LAS SESIONES

No se autoriza grabar audio o video, realizar capturas de pantalla ni difundir parcial o totalmente el contenido de las sesiones sin conocimiento y consentimiento previo de las personas involucradas.

Esta disposición busca proteger la privacidad del consultante, del profesional y de cualquier otra persona que participe legítimamente en la sesión.

Cuando por razones clínicas, administrativas, académicas o de supervisión profesional exista la necesidad de realizar algún tipo de registro, su finalidad y condiciones deberán informarse previamente y se solicitará el consentimiento que corresponda.


XIII. SERVICIOS A NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

  1. Los servicios dirigidos a personas menores de edad deberán ser solicitados y autorizados por quien ejerza la patria potestad, tutela, representación legal o cuente con facultades suficientes para autorizar la atención.
  2. Deberán ser informados los casos en los que existan circunstancias relacionadas con separación, divorcio, tutela, custodia, representación o desacuerdo entre personas responsables del menor que puedan afectar legítimamente la prestación del servicio, podrá solicitarse documentación adicional antes de iniciar o continuar la atención.
  3. La persona adulta responsable deberá proporcionar información veraz y suficiente, entregar la documentación razonablemente necesaria y participar en aquellas sesiones o actividades en las que el profesional considere necesaria su colaboración.
  4. Se procurará que la niña, niño o adolescente reciba información comprensible de acuerdo con su edad, desarrollo y grado de madurez, favoreciendo su participación en el proceso.
  5. Se protegerá la privacidad y dignidad de la persona menor de edad. La información que se comunique a madres, padres, tutores o representantes se limitará a aquello que resulte necesario para el cuidado, seguridad, continuidad del tratamiento o cumplimiento de responsabilidades profesionales y legales.
  6. Los límites específicos de confidencialidad en la atención a menores deberán explicarse al inicio del servicio mediante el consentimiento informado correspondiente.
  7. Cuando la falta reiterada de colaboración de las personas adultas responsables impida prestar el servicio de manera segura o profesional, podrá evaluarse la suspensión de la atención y, cuando sea pertinente, recomendarse otra alternativa profesional.
  8. Cuando durante la evaluación o intervención psicológica se identifiquen revelaciones, hechos o indicadores clínicamente relevantes que permitan considerar la posible existencia de maltrato físico o psicológico, abuso, negligencia, violencia familiar o cualquier otra situación que pudiera vulnerar los derechos, seguridad o integridad de una niña, niño o adolescente, el profesional priorizará el interés superior de la niñez y adoptará las medidas de protección que correspondan dentro de los límites de su función profesional. Dependiendo de las circunstancias y del nivel de riesgo identificado, estas medidas podrán incluir la valoración clínica de la situación, documentación pertinente en el expediente, orientación a las personas responsables, modificación del encuadre terapéutico, referencia a servicios especializados y, cuando resulte legalmente procedente, la comunicación o notificación a la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes u otra autoridad competente.Cuando se observen conductas que pudieran implicar presión, manipulación, triangulación, instrumentalización del menor, desacreditación persistente de alguna figura significativa o interferencia perjudicial en sus relaciones familiares, dichas conductas serán valoradas en función de sus características, contexto, frecuencia y posibles efectos sobre el bienestar psicológico del menor.

XIV. CAMBIOS EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO

Las herramientas tecnológicas, plataformas de videollamada, sistemas de agenda, métodos de pago, medios de comunicación y procedimientos administrativos pueden cambiar con el tiempo.

La sustitución de una plataforma tecnológica por otra no modifica por sí misma la naturaleza de la relación profesional ni los derechos y obligaciones esenciales establecidos en este reglamento.

Cuando un cambio afecte de manera sustancial las condiciones de prestación de un servicio ya contratado, se informará al consultante cuando resulte necesario.


XV. ACEPTACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL REGLAMENTO

Al solicitar un servicio, completar el proceso de reserva, aceptar las casillas correspondientes o ingresar a una sesión, el consultante manifiesta haber tenido acceso al presente Reglamento de Prestación de Servicios.

El reglamento deberá encontrarse disponible para consulta antes de la contratación del servicio.

La aceptación del presente documento no sustituye la aceptación del consentimiento informado, del aviso de privacidad ni de cualquier documento específico que resulte necesario para un determinado servicio.

Este reglamento podrá actualizarse cuando existan cambios administrativos, clínicos, tecnológicos, operativos o normativos que hagan necesaria su modificación.

Las actualizaciones serán publicadas en psirodrigosalgado.com y se identificará la fecha de la versión vigente.